Preguntas frecuentes · Toledo y provincia
Preguntas frecuentes sobre empleadas de hogar en Toledo
Resolvemos las dudas más habituales sobre contratación, salario, gestión laboral y cuidados en Toledo y provincia.
Contratación
¿Es obligatorio hacer contrato a una empleada de hogar?
Sí. El contrato es obligatorio desde el primer día de trabajo. Puede ser verbal para relaciones de menos de 4 semanas, pero siempre es recomendable hacerlo por escrito para evitar conflictos. Debe recoger la jornada, el salario, las funciones y la duración.
¿Cuándo hay que dar de alta a la empleada en la Seguridad Social?
Antes de que empiece a trabajar. El alta debe tramitarse con carácter previo al inicio de la actividad, independientemente del número de horas contratadas. No existe un mínimo de horas para estar obligado a darla de alta.
¿Qué pasa si contrato a alguien sin darla de alta?
El empleador puede enfrentarse a sanciones de la Seguridad Social, recargos sobre las cotizaciones no pagadas y reclamaciones por parte de la trabajadora. En caso de accidente laboral sin alta, la responsabilidad recae íntegramente sobre el empleador.
¿Puedo contratar a una empleada extranjera en Toledo?
Sí, siempre que tenga documentación en regla: NIE, autorización de residencia y trabajo en vigor. Contratar a alguien sin permiso de trabajo puede acarrear sanciones importantes para el empleador.
¿Puedo contratar a alguien que ya conozco y gestionar solo los trámites?
Sí. No es necesario que la empleada venga a través de nosotros. Si ya tienes a la persona y solo necesitas ayuda con el contrato, el alta en la Seguridad Social y las nóminas, podemos encargarnos de toda la gestión laboral.
Salario y jornada
¿Cuál es el salario mínimo de una empleada de hogar en 2025?
El salario mínimo interprofesional (SMI) se aplica al sector. Para 2025 es de 1.184 € brutos mensuales en 14 pagas, o 1.380,33 € en 12 pagas con las extras prorrateadas. A esto hay que añadir la cotización a la Seguridad Social.
¿Cuántas horas puede trabajar una empleada interna?
La jornada máxima es de 40 horas semanales de trabajo efectivo. Además puede haber hasta 20 horas semanales de presencia, que se retribuyen de forma diferente. El descanso mínimo es de 36 horas consecutivas por semana, preferentemente en domingo.
¿Cuántos días de vacaciones tiene una empleada de hogar?
Tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año, de los cuales al menos 15 deben disfrutarse de forma continuada. Las fechas deben pactarse con antelación entre empleador y empleada.
¿Hay que pagar pagas extras?
Sí, corresponden dos pagas extraordinarias al año equivalentes a una mensualidad ordinaria cada una. Pueden abonarse en junio y diciembre, o prorratearse mensualmente si así se acuerda en el contrato.
Bajas y despido
¿Qué pasa si la empleada se pone enferma?
Los primeros 3 días de baja por enfermedad común no se retribuyen salvo pacto en contrario. A partir del 4º día la prestación corre a cargo de la Seguridad Social, aunque el empleador suele abonar la nómina y recuperar después la parte correspondiente. Es importante comunicar la baja a la Seguridad Social en los plazos establecidos.
¿Puedo despedir a mi empleada de hogar?
Sí. El empleador puede extinguir el contrato por desistimiento, sin necesidad de alegar causa, abonando una indemnización de 12 días por año trabajado (con un máximo de 6 mensualidades) y el preaviso correspondiente: 20 días si la relación supera el año, 7 días en caso contrario.
¿Qué es el finiquito y cuándo hay que pagarlo?
El finiquito es la liquidación de los conceptos pendientes al terminar la relación laboral: días trabajados no cobrados, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extras. Debe abonarse en el momento de la extinción del contrato.
¿La empleada puede cobrar el paro?
Desde 2023 las empleadas de hogar tienen acceso a la prestación por desempleo, igual que el resto de trabajadores. Para ello es necesario que hayan cotizado el tiempo mínimo exigido y que el contrato se haya extinguido por causas que den derecho a la prestación.
Cuidadoras de mayores y niños en Toledo
¿Qué diferencia hay entre una cuidadora interna y una externa?
La cuidadora interna vive en el domicilio y está disponible de forma continuada durante la semana. La externa acude al domicilio en su jornada laboral y regresa a su casa al terminar. La elección depende del grado de dependencia de la persona atendida y de las necesidades de la familia.
¿Cuánto cuesta una cuidadora nocturna en Toledo?
El coste depende de las horas, el tipo de jornada y si la cuidadora pernocta o no. Como referencia, una cuidadora nocturna que pernocta de lunes a viernes puede suponer entre 1.200 y 1.600 € brutos mensuales más la cotización a la Seguridad Social. Consúltanos para una orientación más ajustada a tu caso.
¿Una canguro también tiene que estar dada de alta?
Sí. Si la canguro trabaja de forma regular en tu domicilio, aunque sea pocas horas a la semana, debe estar dada de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar. No hay un mínimo de horas que exima de esta obligación.
¿Puedo compatibilizar el cuidado de un mayor con la ayuda por dependencia?
Sí. Contratar una cuidadora de forma privada es compatible con las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Sin embargo, cada caso es diferente según el tipo de prestación reconocida. Te recomendamos consultar con los servicios sociales de tu municipio en Toledo.
Sobre nuestro servicio en Toledo
¿En qué municipios de Toledo trabajáis?
Atendemos a familias en Toledo capital, Talavera de la Reina, Illescas, Madridejos, Consuegra, Ocaña y el resto de la provincia. La gestión laboral puede realizarse de forma telemática para cualquier punto de la provincia.
¿Cuánto cuesta el servicio de gestión laboral?
Contamos con una tarifa mensual fija que cubre todos los trámites: contrato, alta, nóminas e incidencias. Consúltanos sin compromiso y te informamos según tu situación concreta.
¿Trabajáis solo con familias de Toledo o también con otras provincias?
La gestión laboral la ofrecemos a nivel nacional de forma telemática. Para el asesoramiento en Toledo y provincia atendemos de forma más directa y personalizada.
¿Cómo puedo contactar con vosotros?
Por teléfono al 926 112 851 o al 685 153 360, por WhatsApp o a través del formulario de contacto. Respondemos en menos de 24 horas.
¿No encuentras respuesta a tu pregunta?
Cuéntanos tu situación y te orientamos sin compromiso. Llevamos más de 14 años asesorando a familias de Toledo y provincia.
